El Servicio de Administración Tributaria (SAT) negó versiones que circulan en redes sociales sobre la existencia de un nuevo impuesto o la imposición de auditorías automáticas por hacer o recibir depósitos en efectivo en cuentas bancarias.
El organismo fiscal explicó que no existe un impuesto por depositar dinero en efectivo, ya que el llamado Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) fue eliminado hace años y no está vigente ni se ha anunciado su reactivación para 2026.
Las instituciones financieras están obligadas por ley a informar al SAT los depósitos en efectivo que, en conjunto, superen 15 000 pesos en un mes, sin importar si se hacen en una sola operación o en varias más pequeñas.
Este reporte es una medida de control informativo que permite a la autoridad contar con datos de los movimientos, pero no implica sanción automática ni cobro de impuestos por el hecho de depositar dinero en efectivo.
Reportes bancarios y cruce de información fiscal
Cuando un banco reporta al SAT que un contribuyente acumuló depósitos en efectivo por encima de ese umbral mensual, la autoridad puede cruzar esa información con las declaraciones fiscales presentadas por esa persona.
Si existe coherencia entre los recursos depositados y los ingresos reportados, el proceso concluye sin consecuencias para el usuario.
Si en cambio se detectan inconsistencias entre los depósitos y los ingresos declarados, la autoridad puede enviar un requerimiento de información o iniciar una revisión por discrepancia fiscal, que es un proceso distinto a una multa automática por depositar efectivo.
Este procedimiento busca que los contribuyentes justifiquen el origen de los recursos cuando las cifras no coinciden.
Lugares donde se activa la vigilancia del SAT
La obligación de las instituciones de generar informes al SAT por depósitos mayores a 15 000 pesos forma parte de los mecanismos de control fiscal; las transferencias electrónicas, como las realizadas mediante SPEI, no se cuentan como depósitos en efectivo y no activan este tipo de reporte automático mensual.
No obstante, estos movimientos electrónicos también pueden ser revisados si se inicia una auditoría por otros motivos distintos al efectivo en sí.
Diferencia entre reporte y auditoría
El reporte automático realizado por los bancos no constituye una auditoría ni multa; simplemente permite al SAT tener información adicional para verificar que los ingresos declarados coincidan con los movimientos financieros.
Una auditoría formal sólo se inicia si la autoridad identifica discrepancias o falta de documentación que respalde los ingresos del contribuyente.


