{"id":13397,"date":"2024-09-17T21:57:33","date_gmt":"2024-09-17T21:57:33","guid":{"rendered":"https:\/\/deraiz.media\/?p=13397"},"modified":"2024-09-17T21:57:33","modified_gmt":"2024-09-17T21:57:33","slug":"postergan-plan-desestabilizador-contra-gustavo-petro-en-colombia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/boletinsonora.com.mx\/?p=13397","title":{"rendered":"Postergan plan desestabilizador contra Gustavo Petro en Colombia"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\" style=\"font-style:normal;font-weight:400\">17\/09\/2024 (Ciudad de M\u00e9xico). En los \u00faltimos tres meses, en Colombia hay un intenso debate p\u00fablico, iniciado por el propio presidente Gustavo Petro, en el que se ha demostrado que el Consejo Nacional Electoral (CNE) -una entidad colegiada conformada por 9 magistrados que representan a los partidos pol\u00edticos con bancada legislativa- no tiene competencia constitucional para abrir una investigaci\u00f3n contra un presidente electo en las urnas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\" style=\"font-style:normal;font-weight:400\">La Constituci\u00f3n colombiana, vigente desde el a\u00f1o 1991 cuando se efectu\u00f3 una Asamblea Constituyente, con claridad establece en su art\u00edculo 199:<em> \u201cEl Presidente de la Rep\u00fablica, durante el per\u00edodo para el que sea elegido, o quien se halle encargado de la Presidencia, no podr\u00e1 ser perseguido ni juzgado por delitos, sino en virtud de acusaci\u00f3n de la C\u00e1mara de Representantes y cuando el Senado haya declarado que hay lugar a formaci\u00f3n de causa\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\" style=\"font-style:normal;font-weight:400\">Es a esto que se denomina fuero presidencial, que es un derecho protectivo de la m\u00e1xima autoridad del pa\u00eds, y que rige en todas las Constituciones de los Estados de Derecho con formas de gobiernos democr\u00e1ticos representativos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\" style=\"font-style:normal;font-weight:400\">Lo que se intent\u00f3 hacer contra Petro fue saltarse este precepto constitucional, armando una causa desde una instancia distinta al Congreso de la Rep\u00fablica, como es el Consejo Nacional Electoral. En ese Consejo la oposici\u00f3n de derecha s\u00f3lo requiere 6 de 9 votos de los magistrados que conforman la Sala Plena, para avanzar con una causa menor: una denuncia administrativa contra la candidatura encabezada por Gustavo Petro, por un supuesto rebasamiento de l\u00edmites en los fondos de campa\u00f1a permitidos para las elecciones presidenciales del a\u00f1o 2022.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\" style=\"font-style:normal;font-weight:400\">La ponencia fue presentada por los magistrados \u00c1lvaro Hern\u00e1n Prada, del partido \u201cCentro Democr\u00e1tico\u201d, y por Benjam\u00edn Ortiz, del \u201cPartido Liberal\u201d. No por casualidad los dos partidos son la oposici\u00f3n m\u00e1s dura al gobierno de izquierda. El magistrado Prada, fue adem\u00e1s se\u00f1alado recientemente entre las personas sospechosas de haber sobornado a testigos a nombre del ex presidente \u00c1lvaro Uribe, para tratar de salvarlo dentro de un proceso judicial en el a\u00f1o 2018, seg\u00fan la resoluci\u00f3n emitida en mayo de este a\u00f1o por la jueza 44 de Bogot\u00e1, Sandra Heredia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\" style=\"font-style:normal;font-weight:400\">El 7 de septiembre, al momento de inaugurar la Asamblea General del \u201cPacto Hist\u00f3rico\u201d, que es el frente progresista que respalda al gobierno, Petro lanz\u00f3 la siguiente denuncia: <em>\u201cAl Presidente de la Rep\u00fablica lo juzga solo una instancia que es la Comisi\u00f3n de Acusaci\u00f3n de la C\u00e1mara de Representantes, que no deber\u00eda tampoco. El Presidente de la Rep\u00fablica tiene un fuero que est\u00e1 escrito en las sentencias y que por decisi\u00f3n constitucional se ha preservado en Colombia. Pero aqu\u00ed, en el caso de Petro, hab\u00eda que quitar ese fuero de la noche a la ma\u00f1ana por magistrados que no tienen competencia para decidirlo. Una trampa al estilo colombiano que se llama pu\u00f1alada trapera\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\" style=\"font-style:normal;font-weight:400\">Ante tan contundentes palabras, el Consejo Nacional Electoral decidi\u00f3 en su reuni\u00f3n de ayer aplazar la decisi\u00f3n sobre una eventual indagaci\u00f3n formal al actual presidente, al mismo tiempo que emit\u00eda un Comunicado P\u00fablico en el que se afirmaba lo siguiente:<em> \u201cEn el caso particular de la investigaci\u00f3n administrativa a la que alude el se\u00f1or Presidente de la Rep\u00fablica, no existe ninguna posibilidad legal que ponga en cuesti\u00f3n el fuero presidencial. Por lo tanto, cualquier alusi\u00f3n o presunci\u00f3n en sentido contrario desconoce nuestro ordenamiento jur\u00eddico y est\u00e1 completamente al margen de las competencias del Consejo Nacional Electoral\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\" style=\"font-style:normal;font-weight:400\">Dejando en claro que s\u00f3lo se trata de un aplazamiento del CNE, cuando lo que deber\u00eda haber hecho es declararse incompetente, Gustavo Petro continu\u00f3 denunciando que este ilegal intento es el inicio de un golpe de Estado, promovido por los partidos de la derecha que se oponen al proceso de transformaciones sociales en el pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<div style=\"height:100px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>17\/09\/2024 (Ciudad de M\u00e9xico). 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