La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) dio un duro golpe el día de ayer al tráfico ilegal de especies desde el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM).
La madrugada del viernes 21 de febrero, 137 ejemplares de vida silvestre (121 tortugas y 16 ranas) fueron asegurados cuando intentaban ser transportados en dos maletas con destino a Tokio-Narita, Japón.
De acuerdo con un comunicado de la PROFEPA, los ejemplares asegurados son:
- 53 tortugas de caja, Terrapene carolina, una de ellas sin vida.
- 3 tortugas de monte, Terrapene nelsoni.
- 10 tortugas chacarita cora, Kinosternon cora.
- 53 tortugas chopontil, Claudius angustatus.
- 2 tortugas pecho de carey, Trachemys venusta.
- 16 ranas de árbol coronadas, Triprion spinosus.
“Con excepción de las tortugas pecho de carey y las ranas árbol coronadas que no se encuentran listadas en alguna categoría de protección, el resto de los ejemplares están incluidos en la NOM-059-Semarnat-2010, relativa a la protección de especies nativas de México de flora y fauna silvestres y categorías de riesgo y en la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES)”, detalló la PROFEPA.
La persona que intentó traficar a las 121 tortugas y 16 ranas, trató de ocultarlas lo mejor posible, envolviéndolas en calcetas y metiéndolas en tuppers. No obstante, este ‘contenido inusual’ fue detectado sin problema durante la revisión de rayos X en el AICM.
Pena por tráfico de especies en México
El tráfico y cualquier actividad ilegal relacionada con especies de flora y fauna, ya sean terrestres o acuáticas, están estrictamente prohibidos en México cuando se trata de ejemplares en veda, endémicos, amenazados, en peligro de extinción o protegidos por tratados internacionales.
De acuerdo con el artículo 420, fracción IV del Código Penal Federal, quienes participen en estos delitos pueden enfrentar penas de 1 a 9 años de prisión y multas de entre 300 y 3 mil días de salario.
Además, si estas acciones se llevan a cabo dentro de un área natural protegida (ANP) o con fines comerciales, la sanción puede aumentar hasta en 3 años adicionales de cárcel y mil días extra de multa.