El 14 de febrero de 2024, la usuaria de X (antes Twitter), Karla María Estrella Murrieta, publicó un mensaje que señalaba supuestos favoritismos en la candidatura de la diputada Diana Karina Barreras Samaniego, esposa del entonces presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna.
La publicación, según el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), incurrió en violencia política contra las mujeres en razón de género.
La diputada presentó una queja y, tras la intervención del Instituto Nacional Electoral (INE), se ordenó retirar el tuit. Posteriormente, el TEPJF sancionó a la ciudadana con una disculpa pública, multa y otras medidas.
¿Qué significa “dato protegido”?
La frase “Te pido disculpas, DATO PROTEGIDO” utilizada por Karla Estrella responde a lineamientos legales que impiden divulgar información de víctimas de violencia política de género.
El término sustituye el nombre de la diputada en el mensaje de disculpa, en apego a lo establecido por la Constitución, la Ley de Protección de Datos Personales y la Ley General de Víctimas.
¿Por qué se impuso la sanción?
El TEPJF consideró que el tuit tenía elementos de violencia simbólica, digital y mediática, pues desestimaba la trayectoria política de Barreras Samaniego y la presentaba como dependiente del poder de su esposo.
La conducta fue calificada como grave ordinaria, por lo que se le impuso a Karla Estrella una multa de 10 UMAS (aproximadamente $1,085 MXN), la inscripción en el Registro Nacional de Personas Sancionadas y la obligación de tomar cursos de género.
Además de la disculpa pública en la red X por 30 días, Karla Estrella deberá capacitarse en derechos humanos y perspectiva de género para evitar futuras infracciones. El caso ha generado un debate en redes sobre la libertad de expresión y la protección de datos personales.